Specifications | Microsoft Word - AJE T&C Ed.07-2011.doc guibertj |
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Content | Condiciones Generales de Venta - Productos y Servicios Fluidocontrol,S.A. COS: AJE Edition 07/2011 1. DEFINICIONES: En los presentes Términos y Condiciones de Venta, Vendedor significa Fluidocontrol,S.A.; Comprador significa la persona física o jurídica que realiza el pedido, Mercancía significa la mercancía (incluyendo cualesquiera Software y Documentación tal y como se definen en la Cláusula 9) descrita en el formulario de Acuse de Recibo de Pedido del Vendedor; “Servicios” significa los servicios descritos en el formulario de Acuse de Recibo de Pedido; Contrato significa el acuerdo escrito (incluyendo las presentes Condiciones Generales) suscrito por el Comprador y el Vendedor para el suministro de la Mercancía; y Precio Contractual significa el precio a ser pagado por el Comprador al Vendedor por la Mercancía y/o Servicios y Sociedades del grupo del Vendedor significa cualquier compañía que esté en la actualidad controlada, directa o indirectamente, por la matriz última del Vendedor. Se entenderá a estos efectos por “control” lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores, Ley 24/1988. 2. EL CONTRATO: 2.1 Todos los pedidos han de ser por escrito y serán aceptados con sujeción a estas Condiciones de Venta. Ninguno de los términos o condiciones establecidos por el Comprador, ni otras manifestaciones, garantías u otras declaraciones distintas de las contenidas en la cotización del Vendedor o en su formulario de Acuse de Recibo de Pedido, o que no hayan sido aceptadas por escrito por el Vendedor, serán vinculantes para el mismo. 2.2 El Contrato entrará en vigor en la fecha de aceptación del pedido del Comprador mediante el formulario de Acuse de Recibo de Pedido del Vendedor o en la fecha de cumplimiento de todas las condiciones suspensivas establecidas en el Contrato, cualquiera que sea posterior (la Fecha Efectiva del Contrato ). En el supuesto de que los detalles de la Mercancía o Servicios descritos en la cotización del Vendedor difieran de los que figuran en el Formulario de Acuse de Recibo de Pedido, prevalecerán los que aparecen en este último. 2.3 No será de aplicación ninguna variación o modificación del Contrato hasta que la misma sea aceptada por escrito por ambas partes. Sin embargo, el Vendedor se reserva el derecho a efectuar pequeñas modificaciones y/o mejorar la Mercancía antes de su entrega, siempre que no se vean afectadas de forma adversa las prestaciones de la Mercancía ni tampoco se vean afectados el Precio Contractual ni la fecha de entrega. 3. VALIDEZ DE LA COTIZACION Y PRECIOS: 3.1 Salvo en caso de que hubiera sido retirada con anterioridad, la cotización del Vendedor es válida para su aceptación dentro del periodo establecido en la misma o, en caso de no establecerse periodo, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la cotización. 3.2 Los precios son firmes para entregas dentro del periodo establecido en la cotización del Vendedor y no incluyen (a) el Impuesto sobre el Valor Añadido ni (b) ningún otro tipo de impuesto similar u otro, ni derechos, tasas u otros cargos similares de aplicación fuera de España en relación con la ejecución del Contrato. 3.3 Los precios (a) corresponden a Mercancía entregada Ex-works punto de embarque, excluido costes de transporte, seguro y manipulación y, (b) salvo que se indique lo contrario en la cotización del Vendedor, no incluyen embalaje. Si la Mercancía hubiera de ser embalada, los embalajes serán no retornables. 4. PAGO: El pago se efectuará: (a) íntegramente sin posibilidad de compensación o descuento de ningún tipo (salvo y en la medida que por imperativo legal no esté permitido); y (b) en la moneda indicada en la oferta del Vendedor dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la factura salvo especificación en contrario del Departamento Financiero del Vendedor. La mercancía será facturada en cualquier momento después de que se haya notificado al Comprador que la misma está preparada para la entrega. Los Servicios serán facturados por meses vencidos o antes de que se hayan completado. Sin perjuicio de los demás derechos del Vendedor, éste se reserva el derecho a (i) cobrar intereses sobre cualquier suma devengada y no pagada a un tipo que será el del interés legal incrementado en dos puntos durante el plazo de mora; y (ii) en cualquier momento tomar todas las medidas necesarias en garantía del pago que el Comprador considere convenientes. 5. PLAZO DE ENTREGA: 5.1 Salvo que se estipule lo contrario en la cotización del Vendedor, todos los periodos de entrega o finalización establecidos se contarán a partir de la Fecha Efectiva del Contrato y habrán de ser considerados como meras estimaciones que no conllevan obligación contractual alguna. 5.2 En caso de que el Vendedor se retrase o se le impida cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato debido a actos u omisiones del Comprador o de sus agentes (incluyendo, a título enunciativo y no limitativo, el hecho de no proporcionar especificaciones y/o dibujos de trabajo plenamente dimensionados y/o cualquier otra información que razonablemente pudiera requerir el Vendedor a fin de cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato de forma expeditiva), el plazo de entrega o finalización y el Precio Contractual se ajustarán en consecuencia. 5.3 En caso de producirse retrasos en la entrega debido a cualquier acto u omisión por parte del Comprador, o si habiendo sido notificado de que la Mercancía está preparada para la entrega el Comprador no aceptara la entrega o no diera instrucciones adecuadas para el envío de la Mercancía, el Vendedor tendrá derecho a transportar y emplazar la Mercancía en un almacén adecuado a cargo del Comprador. La entrega se entenderá efectuada, pasando los riesgos de la Mercancía al Comprador, en el momento de emplazar la Mercancía en almacén y el Comprador pagará al Vendedor como corresponda. 6. FUERZA MAYOR: 6.1 El Contrato se suspenderá, sin responsabilidad, en el caso y en la medida en que se impida o retrase su cumplimiento por cualquier causa que escape razonablemente el control de la parte afectada, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo: Fuerza mayor, conflicto armado o ataque terrorista, guerra, disturbio, incendio, explosión, accidente, inundación, sabotaje; requerimientos o actos administrativos (incluyendo a título meramente de ejemplo la prohibición de exportación o re-exportación o la denegación de licencias necesarias de exportación), leyes o normativas, órdenes o acciones; o problemas laborales, huelga, cierre patronal o mandato judicial. El Vendedor no tendrá obligación alguna de suministrar hardware, software, servicios o tecnología hasta la fecha en la que reciba las licencias o autorizaciones necesarias o se cumplan las condiciones de reglamentos de excepción por categorías aplicables en materia de control de las importaciones y/o exportaciones (incluidos a título meramente de ejemplo los que se encuentren vigentes en los Estados Unidos, en la Unión Europea o en la jurisdicción donde esté domiciliado o preste sus servicios el Vendedor). Si por cualquier motivo, las referidas licencias, autorizaciones o exenciones fuesen revocadas o dejaran de resultar aplicables y ello llevase aparejado (a) la imposibilidad del Vendedor de cumplir con sus obligaciones contractuales o, a juicio razonable del Vendedor, (b) un riesgo de que el Vendedor y/o las Sociedades del Grupo del Vendedor incurran en responsabilidad bajo la legislación aplicable, el Vendedor estará obligado a cumplir con las obligaciones derivadas del presente Contrato, sin derivarse ninguna responsabilidad de ello. 6.2 En el supuesto de que el cumplimiento de las obligaciones contractuales se suspendiera o retrasara por los motivos contemplados en esta Cláusula 6 durante más de 180 días naturales consecutivos, cualquiera de las partes podrá resolver, sin responsabilidad hacia la otra parte, la parte del Contrato que quedara por cumplirse mediante notificación por escrito a la otra parte, siempre y cuando el Comprador abone los costes razonables de cualesquiera trabajos que se estuvieran realizando a la fecha de resolución. El Vendedor podrá efectuar la entrega en uno o varios plazos dependiendo, en cuyo caso cada entrega será considerada un contrato independiente, no pudiendo el Comprador resolver la totalidad del Contrato en el supuesto de falta de entrega en uno o varios plazos. 7. INSPECCIÓN, PRUEBAS Y CALIBRADO: 7.1 La Mercancía será inspeccionada por el Vendedor o el fabricante y, cuando fuera posible, será sometida a las pruebas estándar del Vendedor o del fabricante antes de ser despachada. Cualquier prueba o inspección adicional (incluyendo la inspección por parte del Comprador o su representante, o pruebas en presencia del Comprador o su representante y/o calibrado) así como la entrega de certificados de prueba y/o resultados detallados de prueba estarán sujetos a la aceptación previa por escrito del Vendedor y el Vendedor se reserva el derecho a cobrarlas; si el Comprador o su representante dejara de asistir a dichas pruebas, inspección y/o calibrado pasados siete días de haber sido notificado de que la Mercancía está lista para estos procedimientos, las pruebas, inspección y/o calibrado se llevarán a cabo, considerándose realizadas en presencia del Comprador o su representante y la declaración del Vendedor de que la Mercancía ha pasado dichas pruebas y/o inspección y/o ha sido calibrada, será concluyente. 7.2 El plazo máximo para la presentación de reclamaciones por defecto de cantidad o entrega incorrecta será de 14 días naturales desde la entrega. Cualesquiera otras reclamaciones deberán efectuarse dentro de los 10 días siguientes a aquél en que la causa de la reclamación hubiera surgido. 8. ENTREGA, PROPIEDAD Y RIESGO: 8.1 : Si bien Vendedor usará todos los esfuerzos comerciales razonables para mantener la fecha de entrega (s) de reconocido o citado por el Vendedor, todas las fechas de envío son aproximadas y no están garantizadas. El vendedor se reserva el derecho a realizar envíos parciales. El vendedor, a su elección, no estará obligado a presentar una oferta de entrega de las mercancías de las que el comprador no ha proporcionado las instrucciones de envío y demás informaciones requerida. Si el envío de las mercancías es posterior o demorado por el Comprador por cualquier razón, el Comprador se compromete a reembolsar Vendedor de cualquiera y todos los gastos de almacenamiento y otros gastos adicionales derivados de los mismos. No obstante las disposiciones en contrario en el presente u otros documentos relacionados con esta transacción, e independientemente de cómo se cotizan los precios, ya sea FOB, FAS, CIF o de otro modo, el título legal a los Bienes y el riesgo de pérdida del mismo deberá transferir al comprador de la siguiente manera: para las ventas en la que el destino final de las mercancías dentro del país del vendedor, tras la entrega para el transporte de mercancías transportista en el punto de envío, para las ventas en la que el destino final de las mercancías fuera del país del vendedor inmediatamente después de las mercancías han pasado más allá de la terri ¬ límites territoriales del país del vendedor. Cualquier reclamación por escasez o daños sufridos en tránsito son responsabilidad del comprador y será presentada por el comprador directamente al transportista. Escasez o daños deberán identificarse y firmar en el momento de la entrega . 8.2 Con sujeción a lo establecido en la Cláusula 9, el Comprador devendrá el dueño de la Mercancía en el momento de la entrega de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 8.1. Hasta ese momento, el Comprador no podrá vender, ceder, arrendar o disponer en forma alguna de la Mercancía a favor de un tercero. 9. DOCUMENTACION Y SOFTWARE: 9.1 La titularidad y la propiedad de todos los derechos de autor sobre el software y/o firmware incorporado a la Mercancía o suministrado para su utilización con la misma ( Software ) y la documentación entregada con la Mercancía ( Documentación ) permanecerán con la Sociedad del Grupo de Vendedor que corresponda (o con la tercera parte que hubiera suministrado el Software y/o la Documentación al Vendedor) y no son transmitidos al Comprador por el presente documento. 9.2 Salvo que en este documento se establezca otra cosa, Por este documento se concede al Comprador una licencia no exclusiva de utilización del Software y la Documentación conjuntamente con la Mercancía, siempre y en tanto que el Software y la Documentación no sean copiados (salvo expresamente autorizado por la legislación aplicable) y el Comprador mantenga el Software y la Documentación en la más estricta confidencialidad y no los revele a terceros ni les permita acceso a los mismos (con excepción de los manuales estándar de operación y mantenimiento del Vendedor). El uso de determinado Software por el Comprador (de acuerdo con las indicaciones del Vendedor, incluyendo pero no limitado al control del sistema y ejecución de series Software) se regirá exclusivamente por la licencia de la Sociedad del Grupo de Vendedor. El Comprador podrá transferir la referida licencia a un tercero que compre, alquile o tome en arrendamiento la Mercancía, siempre y cuando el tercero acepte las condiciones de la presente Cláusula 9 y preste su conformidad por escrito. 9.3 Al margen de lo dispuesto en la Cláusula 9.2 precedente, el uso de cierto Software por parte del Comprador (de la forma especificada por el Vendedor, lo que incluye aunque no se limita a sistemas de control y al Software AMS) estará sometido exclusivamente al contrato de licencia de la Sociedad del Grupo del Vendedor o tercero de que se trate. 9.4 El Vendedor y las Sociedades del Grupo del Vendedor conservarán la propiedad de todos los inventos, diseños y procesos creados o desarrollados por los mismos y, salvo lo dispuesto en esta Cláusula 9, no concede por este documento ningún derecho de propiedad intelectual. 10. DEFECTOS DESPUES DE LA ENTREGA: 10.1 El Vendedor garantiza (i) con sujeción a las demás estipulaciones del Contrato, el título válido y el goce saneado de la Mercancía; (ii) que la Mercancía fabricada por el Vendedor y/o las Sociedades del Grupo cumple las especificaciones del Vendedor para la misma y está libre de defectos tanto en materiales como en proceso de fabricación y (iii) los Servicios prestados por el Vendedor o la Sociedad del Grupo del Vendedor se prestarán con la profesionalidad, cuidado y diligencia debida y de acuerdo con la práctica profesional y de ingeniería habitual. El Vendedor subsanará, mediante reparación o, a elección del |
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